El 14 de Octubre del 2019, el SAT publicó cambios a la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento”, que entrará en vigencia el 1 de enero del 2020.
Estos son algunos de los cambios más relevantes que impactan al timbrado de nómina:
- Adición de un párrafo al campo «TipoRegimen», para aclarar que se deben emitir dos CFDI cuando se pague una nómina ordinaria y a su vez el pago de separación del trabajador, o bien se puede emitir un CFDI con dos complementos de nómina para que en uno se especifique el sueldo ordinario y en el otro el pago de la separación del trabajador.
- Se precisa en el campo Año del Nodo «CompensacionSaldosAFavor» que para determinar el año en curso, se deberá considerar el atributo “FechaPago”.
- Se adicionan dos apéndices 7 y 8 que describen el procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes y el Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina.
Nuestras soluciones de nómina estarán listas para cumplir con estos requerimientos, próximamente estaremos dando a conocer los detalles de los cambios y configuración que se deberá realizar.
Si aún no cuentas con tu Póliza de Mantenimiento de Software PAMS 2020, te invitamos a renovarla para que asegures el cumplimiento de este requerimiento del SAT.
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