¿Cómo y porque debo realizar la declaración anual ante el SAT?

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Si eres una persona física que solo tiene ingresos por el régimen de Sueldos y Salarios debes saber que ya es tiempo de la Declaración Anual 2017 ante el SAT.

¿Pero es obligatorio que lo haga?

Las personas físicas con ingresos por sueldos y salarios no están obligados a realizar su declaración anual, pero los que quieren obtener saldo a favor por alguna deducción personal, pueden realizarlo antes del 30 de abril.

Los obligados en presentarla son:

§  Obtuviste ingresos mayores a $400,000 al año. Aunque, por este año si solo tuviste un patrón, y se emitieron correctamente las nóminas, puedes no hacerla.

§  Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año en cuestión.

§  Obtuviste otros ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.

§  Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros), además de salario.

§  Percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

En estos casos la autoridad podría aplicarte sanciones por la no presentación en tiempo y forma.

Quienes reciben ingresos únicamente por salarios o salarios más intereses nominales hasta por 20 mil pesos, no están obligados a presentar la declaración anual, o pueden presentarla en cualquier momento del año.

Te recomendamos revisar tu caso ante cualquier duda, con tu contador de confianza.

http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/declaracion_anual/Paginas/asalariados_obligados.aspx

¿Cuáles son los gastos que puedo deducir?

No todos los gastos que realizas los puedes deducir en tu declaración, solo pueden entrar ciertos gastos y su monto a deducir está topado. A continuación, se enlistan algunos de los gastos que puedes deducir en tu declaración:

–          Consultas médicas

–          Pago de lentes

–          Gastos funerarios

–          Intereses pagados en el año por créditos hipotecarios

–          Aportaciones voluntarias a las cuentas de retiro

–          Pago de colegiaturas

Para ver la lista completa consulta la siguiente liga oficial del SAT.

Puntos importantes que debes saber

Desde la integración de la facturación electrónica el proceso de la declaración anual tanto para las personas físicas como para las morales, ha cambiado. Cada cambio que hace el SAT al sistema favorece a que sea menos la información que se tenga que recopilar y presentar en las declaraciones. Ahora año con año toda la información ya se encuentra precargada, debido a que ya fue reportada al SAT por medio de la facturación electrónica.

En el año pasado se tuvieron varios cambios en proceso de Timbrado de Nómina y facturación, se liberaron nuevas reglas para la facturación con el cambio de CFDI a 3.3, y se cambiaron algunas reglas para obtener más información con la liberación del complemento de nómina de 1.1 a 1.2. Estos cambios pueden afectar en la validez de los recibos de nómina que timbró tu empresa y en las facturas que quieres reportar en tu declaración.

Recomendaciones

Cualquier discrepancia que tengas en tus recibos de nómina debes reportarla a tu patrón, y cualquier situación de las facturas que ingreses debes considerarlas para este año, por ejemplo: Todos los pagos de las facturas que quieres ingresar en tu declaración deben ser por un medio electrónico, ya sea tarjeta bancaria o transferencia electrónica, de otra manera los pagos no podrán ser deducibles.

¿Cómo puedo realizar mi declaración?

Si es obligación que la realices o quieres realizarla para obtener algún beneficio, puede ser algo sencillo de hacer. La dificultad depende de las diferentes deducciones a manejar y si todas fueron timbradas correctamente.

La declaración la puedes presentar por medio de las siguientes opciones:

–          Vía telefónica con el SAT

–          Tu empresa la puede hacer por ti

–          Contador de confianza

–          Directamente en el portal del SAT

En conjunto con mi contador, generamos los siguientes pasos sencillos para realizar tu declaración en el portal del SAT:

Nota: Es importante que como vayas avanzando en la declaración siempre guardes los cambios.

1.       Ingresa al portal de SAT y selecciona la en el menú superior Declaraciones | Anuales | Personas físicas:

http://www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx

2.       Ingresa tu RFC y contraseña

Si no cuentas con los datos, deberás solicitarlos al SAT.

3.       Ya dentro de la sesión se muestran las diferentes opciones disponibles en el menú superior:

4.       Para iniciar el proceso haz clic en la opción de Presentar declaración.

5.       En la siguiente ventana se muestra el perfil del contribuyente y las opciones con las que se generarán tu declaración, como lo son el Año, Tipo de declaración e Ingresos a declarar.

6.       Haz clic en el botón de Siguiente.

7.       Se empezará a cargar la información de tu declaración:

8.       Una vez cargada la información, se mostrará una propuesta de tu declaración en base a los comprobantes fiscales que se emitieron con tu RFC. Se tienen las siguientes opciones:

–          Aceptar la propuesta

–          No aceptar propuesta

Al aceptar la propuesta no se permite la edición de montos o conceptos mostrados.

Al no aceptar la propuesta, se permitirá la edición de la declaración.

9.       Para guiar al usuario se muestran todas las secciones con puntos rojos que se deben revisar o que están pendientes ya sea en la propuesta aceptada o en la que se va a editar.

Se deben eliminar todos los puntos rojos para que sea posible enviar la declaración.

Uno de los temas que ha causado más dudas, es que antes la empresa cuando hacia su declaración anual, emitía el formato 37 donde se tenía el resumen de los ingresos de cada empleado, y el empleado lo usaba para validar su declaración. Ahora que todos los comprobantes fiscales los va acumulando el SAT en su sistema, el SAT ya cuenta con ese resumen de todos los recibos que timbró la empresa del empleado. Pero pudiera haber inconsistencias por un error en el timbrado de nómina del empleado o un estatus no actualizado, por eso se vuelve importante el validar la información que emite la empresa y la que recibió el SAT. Al no contar con el formato 37, esta tarea se vuelve un poco difícil.

Se cuenta con el portal de + Orden para ofrecer información a los empleados sobre sus nóminas que fueron timbradas con los sistemas de Revolution o Sistema TRESS. Se tiene una nueva opción donde el empleado podrá consultar su Resumen Anual de 2017 para poder usarlo para validar sus ingresos reportados al SAT por parte de la empresa:

Lo mostrado en esta nueva opción se debe validar con lo que el SAT reporta en la sección de Detalle de Ingresos Acumulables:

 10.   En caso de que no hayas acepta la declaración propuesta, con más razón debes completar y validar cada opción que mostrada en rojo.

Para esto deberás tener un poco de más conocimiento contable para validar las opciones a llenar. En la pestaña de Ingresos es donde te puedes apoyar con la nueva opción de +Orden.

11.   Para la pestaña de Deducciones Personales es donde se tienen precargadas y puedes agregar todas aquellas facturas de los pagos a deducir:

Revisa que las facturas que si estén clasificadas correctamente, se aplique el deducible. Y en las facturas que estén en la sección de Sin Clasificación tengan todos los datos correctos para que puedan ser deducibles por el sistema. Además de las facturas a deducir no deben rebasar el monto permitido de la clasificación. Por ejemplo, para las colegiaturas solo es posible deducir $12,900 (Nivel Primaria).

12.   Para agregar o editar una factura se deben ingresar los datos de acuerdo al tipo de Clasificación que se asigne:

Es importante validar los datos ingresados y que toda la información cumpla con las disposiciones fiscales vigentes, porque si no, no serán tomados en cuenta.

13.   Una vez revisada la pestaña de las Deducciones Personales, valida la información que se muestra en la pestaña de Determinación.

14.   Una vez finalizado todos los cambios o validaciones, haz clic en el botón de la parte inferior de Revisar para que se despliegue el formato de lo que sería tu declaración a enviar al SAT.

Revísala detenidamente.

15.   Si quieres realizar cambios, haz clic en el botón de Regresar a formulario. Si estás de acuerdo con la información mostrada haz clic en Enviar declaración.

16.   Ya enviada la declaración, se genera un acuse que te muestra tu saldo en Contra o a Favor.

Saldo a favor: Tienes la opción de usar el monto para compensar u obtenerlo como devolución, si lo quieres como devolución deberás indicar una clave interbancaria a tu nombre donde quieres que se deposite el monto. La devolución se podrá reflejar en tu cuenta desde 3 a 40 días, y su estatus lo podrás revisar en cuenta de SAT en las opciones del menú superior de Consultar devolución.

Saldo en contra: En caso de tener saldo en contra, se generarán la cantidad de recibos que deberás pagar, de acuerdo a la cantidad de parcialidades seleccionada. Estos recibos podrás pagarlos en los bancos enlistados en el recibo.

Es importante que, aunque parezca sencillo, siempre debes consultar a tu contador de confianza ante cualquier duda o validación de tu declaración para validar los montos y manera de reportarlos.

Te dejo el correo de mi contador que me apoyo a realizar esta información [email protected].

Y sobre todo para cualquier duda, no dudes en contactar al SAT en su portal o en el teléfono 01 55 627 22 728.

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