¿Es obligatorio pedir datos del crédito Infonavit a un nuevo trabajador? 

Descubre si debes pedir datos del crédito Infonavit a un nuevo trabajador y conoce cómo cumplir la normativa sin errores en tu nómina.
4 minutos de lectura

Cuando un nuevo colaborador se integra a la empresa, es común que surja la duda: ¿Debo solicitarle información sobre su crédito Infonavit? 

La respuesta es sencilla: no es necesario

¿Por qué no debo pedir esos datos? 

La Ley del Infonavit (artículo 29) y el Reglamento de Pagos (artículo 44) establecen que el patrón únicamente debe actuar cuando recibe la notificación oficial del Instituto, no antes. 

Esto significa que no existe obligación de solicitar al trabajador su número de crédito, estados de cuenta u otra información relacionada, ya que el Infonavit es el responsable de informar al empleador sobre cualquier obligación de retención. 

¿Cómo se entera el patrón de un crédito activo? 

El Infonavit notifica al empleador cuando un colaborador cuenta con un crédito vigente, a través de los siguientes mecanismos: 

  1. Aviso de retención 
    El Instituto emite un aviso de retención que el propio trabajador puede descargar desde el portal Mi Cuenta Infonavit y entregarlo a su patrón. 
  1. Portal Empresarial del Infonavit 
    Actualmente, los empleadores también pueden descargar directamente este aviso desde el Portal Empresarial. Se recomienda consultar este portal de manera semanal para identificar nuevas obligaciones. 
  1. Emisión bimestral 
    En caso de no contar con los avisos anteriores, otra forma de notificación es cuando los datos del crédito aparecen por primera vez en la emisión bimestral. A partir del mes siguiente, el patrón debe iniciar las retenciones correspondientes. 

¿Qué debe hacer el área de nómina? 

Para cumplir correctamente con la normativa, el procedimiento a seguir es claro: 

  • Esperar la notificación oficial del Infonavit. 
  • Revisar periódicamente el Portal Empresarial. 
  • Aplicar las retenciones únicamente con base en el aviso oficial o en la emisión bimestral. 

De esta forma, se asegura que los descuentos se realicen en el monto correcto y bajo la modalidad indicada, evitando anticipos o errores. 

Como empleador, no es necesario solicitar información sobre créditos Infonavit a los nuevos colaboradores. El Instituto es el encargado de notificar de manera oficial cuándo y cómo deben realizarse las retenciones. 

Seguir este procedimiento ayuda a evitar errores administrativos, garantizar el cumplimiento legal y proteger tanto a la empresa como a los trabajadores. 

Evita errores y protege a tu empresa con la correcta gestión de créditos Infonavit 

En Grupo Tress Internacional entendemos que la correcta administración de las retenciones de Infonavit y otras obligaciones de nómina puede representar un reto para las áreas de Recursos Humanos. Por ello, soluciones como Sistema TRESS y Revolution en la Nube están diseñadas para facilitar estos procesos: 

  • Automatizando los cálculos de retenciones y aportaciones conforme a la normativa vigente. 
  • Integrando la información de Infonavit y otras instituciones directamente en la nómina. 
  • Generando reportes claros y oportunos que permiten a las empresas tomar decisiones informadas y mantener la seguridad jurídica en su operación. 

Con estas herramientas, tu empresa no solo cumple con la ley, sino que también optimiza la gestión de la nómina y asegura una experiencia transparente para tus colaboradores. 

Preguntas frecuentes sobre créditos Infonavit y nuevos trabajadores 

1. ¿Es obligatorio que el trabajador entregue su aviso de retención al nuevo patrón? 
No necesariamente. Aunque el trabajador puede descargarlo desde Mi Cuenta Infonavit y entregarlo, el patrón también puede consultarlo directamente en el Portal Empresarial del Infonavit. 

2. ¿Qué pasa si un empleador comienza a retener sin contar con el aviso de Infonavit? 
Se corre el riesgo de aplicar descuentos incorrectos o de manera indebida, lo cual podría generar conflictos con el trabajador e incumplimiento ante el Instituto. 

3. ¿Qué sucede si el aviso de retención no aparece de inmediato? 
El aviso puede tardar algunos días después de la contratación. En ese periodo no deben realizarse retenciones hasta recibir la notificación oficial o que aparezca en la emisión bimestral. 

4. ¿Cuándo debe iniciar la empresa con los descuentos de Infonavit? 
A partir de la fecha señalada en el aviso de retención o, en su caso, en la emisión bimestral. Nunca antes. 

5. ¿Cómo ayudan los sistemas de nómina a cumplir con estas obligaciones? 
Soluciones como Sistema TRESS y Revolution en la Nube automatizan los cálculos de retenciones, integran avisos oficiales y facilitan la administración correcta de las aportaciones al Infonavit. 

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