¿Cómo cumplir las obligaciones patronales con INFONAVIT?

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Mis estimados amigos patrones: El Infonavit forma parte del sistema de seguridad social de nuestro país.

¿Qué es el Infonavit?

Es el organismo gubernamental creado en 1972, con la finalidad de cumplir con el derecho a la vivienda que tienen los trabajadores de la iniciativa privada. 

¿Dónde encontramos el fundamento del Infonavit?

Veamos:

Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

Título Sexto – Del Trabajo y de la Previsión Social
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán
la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

XII. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.

Se considera de utilidad social la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda. Dicha ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad las habitaciones antes mencionadas.

Ley Federal del Trabajo

CAPITULO III – Habitaciones para los trabajadores
Artículo 136.- Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está
obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a
esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre
los salarios de los trabajadores a su servicio.

Y la ley del Infonavit, cuando el 24 de abril de 1972 se publicó dicho ordenamiento con el que desde entonces, se rige el cumplimiento de las funciones señaladas en los fundamentos anteriores.

¿Cómo cumple a su vez el patrón con la obligación de las aportaciones al fondo de la vivienda?

Mediante el entero del 5% del salario base de aportaciones (que es idéntico al SBC – salario base de cotización para efectos de IMSS), sobre todos los trabajadores que tenga a su servicio, sin importar la modalidad de contratación (por tiempo indeterminado, por obra o tiempo determinado).

Una vez que el patrón ha determinado bimestralmente los importes, puede enterarlos al Infonavit mediante las siguientes formas:

·      A través de la emisión bimestral, si cuenta con menos de 5 trabajadores; o

·      Utilizando el SUA (sistema único de autodeterminación).

Si hay ajustes al pago o se hace extemporáneamente debes entregar la información en un archivo del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), subirlo al Sipare y acudiendo al banco a pagarlo.

Si tienes 5 trabajadores o más debes acudir al banco con tu línea de captura generada por el Sipare, derivada de tu archivo del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) que contenga el monto a pagar. El banco debe entregarte el comprobante de pago respectivo.

¿Cuándo debes pagar las aportaciones y amortizaciones?

Recuerda que el periodo de pago inicia el 1er día del mes no posterior a cada bimestre natural, hasta la fecha límite señalada.

Periodo de pago             Fecha límite de pago oportuno

1° bimestre                   17 de marzo

2° bimestre                   17 de mayo

3° bimestre                   17 de julio

4° bimestre                   17 de septiembre

5° bimestre                   17 de noviembre

6° bimestre                   17 de enero

Importante: Si el último día de plazo es viernes o día inhábil, se recorre al siguiente día hábil, por así disponerlo el CFF.  

¿Y si no pagaste a tiempo?

Si fuiste requerido porque tienes adeudos de tus aportaciones del 5% o por recargos de pagos no hechos por concepto de descuento a los trabajadores con crédito Infonavit (amortizaciones), puedes generar un pago extemporáneo, con ayuda del SUA.

Y si eres patrón del régimen de incorporación fiscal (RIF), puedes solicitar los beneficios del programa «Crezcamos Juntos», que permite recibir un subsidio por parte del gobierno federal en el pago de tus aportaciones al Infonavit.

Qué importante mis amigos, que en la medida de que el SBC Imss esté integrado correctamente, de acuerdo con su plan de prestaciones y tabulador de salarios, al mismo tiempo se podrá realizar las aportaciones en materia de Infonavit sin que esa autoridad nos observe ninguna irregularidad.

Reciban un cordial saludo,

Lic. PepeSoto – Asesor

Página web: www.ppsotoasesor.com
Oficina: 01-5568448664
Celular y whatsapp: 5512547804

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