Difiere el pago de cuotas al IMSS

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Mis estimados Tress-lectores:  

Menudo 2020 nos está tocando vivir.  
Para muchos de los expertos en materia laboral, les ha causado extrañeza, que el gobierno federal, en voz de su Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), no haya puesto las cartas sobre la mesa, para solventar los embates negativos que la pandemia del Covid19 está ocasionando a los patrones de nuestro país. 

Y con respecto al tema que nos ocupa, que está íntimamente ligado al aspecto laboral arriba mencionado, fue hasta el 21 de abril, que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó un comunicado en el cual notificó a los patrones, el mecanismo mediante el cual, podrá celebrar un convenio para diferir el pago de cuotas, cuando menos, de marzo, abril y muy probablemente de mayo del presente año. 

Pago en parcialidades simplificado 

No. 213/2020, 21 abril 2020 – Fuente: shorturl.at/cmuvX 

Frente a dificultades para realizar el pago de cuotas obrero patronales como resultado de afectaciones ante la emergencia sanitaria por COVID-19, el IMSS pone a disposición de los patrones el número telefónico 800-6232-323, así como el correo electrónico convenio.orienta@imss.gob.mx

Por medio de dicho número y correo, el Instituto ofrecerá a todo patrón interesado asesoría para celebrar, de modo simplificado, un convenio de pago a plazos sin necesidad de garantizar el interés fiscal. 

Bajo este esquema, en el entendido de que el importe mínimo a cubrir es el 20% de la cuota patronal y el 100% de la cuota obrera, los patrones podrán elegir entre las siguientes opciones: 

Plazo de diferimiento Interés mensual 
Hasta 12 meses 1.26% 
De 12 a 24 meses 1.53% 
De 24 a 48 meses 1.82% 

Para formalizar el Convenio, no es necesario que, por el momento, el patrón acuda a una Subdelegación del IMSS, solamente debe enviar al correo electrónico señalado: 

1) Tarjeta de identificación patronal. 
2) Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional). 
3) Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio). 
4) Poder notarial del representante legal (únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración). 
5) Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo. 

Verificada la información, el patrón interesado recibirá por correo electrónico el proyecto de Convenio y la ficha de depósito con la línea de captura correspondiente, la cual podrá pagar por medio de SPEI a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC. 

De optar por el Convenio, el patrón sólo deberá iniciar su pago hasta que reciba la ficha de depósito en su correo electrónico. 

En términos del artículo 304-C de la Ley del Seguro Social, la suscripción del Convenio evitará multas, al entenderse que el patrón concernido cumple espontáneamente con sus obligaciones en materia de seguridad social en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, según el Acuerdo del Consejo de Salubridad General publicado el 30 de marzo del año en curso en el Diario Oficial de la Federación. 

Como podremos observar, debido a que estamos en la «jornada de sana distancia», algunas áreas administrativas del Instituto, no están realizando sus funciones, razón por la cual, la solicitud de elaboración del convenio de diferimiento de pagos de las cuotas obrero-patronales, de los meses que se le dificulte pagar al patrón, podrá solicitarse, enviando la información que el mismo comunicado señala. 

Para apoyarlos, se presenta un modelo de escrito libre, el cual está indicado en el enciso 5 del comunicado que se debe presentar a esa autoridad: 

Modelo de escrito libre, solicitando la firma de un convenio de diferimiento en el pago de las cuotas IMSS: 

IMSS 
Delegación __ 
Subdelegación __ 

Asunto: Solicitud de convenio a plazo diferido 

Fulano de tal, en mi calidad de representante legal de (nombre o razón social), con registro patronal TAL, con domicilio en TAL y domicilios de los centros de trabajo TAL y TAL, vengo a solicitar la firma de un convenio de pago a plazo de forma diferida, al amparo de la Ley del Seguro Social, arts. 40-C y 40-D y boletín de prensa 191/2020 del 13 de abril 2020, derivados del impacto negativo en nuestra actividad económica, derivado de la declaratoria de «emergencia sanitaria» por parte de la Secretaría de Salud, en los diversos acuerdos publicados en el DOF, en marzo del presente año. 

Los adeudos que mi representada presenta a la fecha son: 
Cuotas de seguro social del mes de marzo 2020 = $xx,xxx.00 

Cuotas de seguro social del mes de abril            = $xx,xxx.00 

Fechas en que se realizarán los pagos: 
30 Junio 2020 = $xx,xxx.00 

31 julio 2020  = $xx,xxx.00 

Etc. 
… 

De conformidad con lo que señala el acuerdo HCT.300419/150.P.DIR del 30 abril 2019 y boletin de prensa 191/2020, no se requerirá por parte de mi representada, presentar ningún tipo de garantías. 

De conformidad con lo que señala el art. 40-E de la LSS, mi representada no cubrirá ningun importe por concepto de «recargos», sino únicamente por la actualización correspondiente. 

En espera de la agilización en la resolución de este trámite por parte de esa H. Autoridad, quedo de Ustedes. 

Atentamente, 

Nombre y firma del representante legal 
Registro patronal 
Teléfono y correo electrónico 

———————————— 

Presumiblemente, el instituto liberará un parche del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), en la semana del 4 al 10 de mayo, a fin de que los patrones puedan hacer uso de este «beneficio» del cálculo de las cuotas objeto del diferimiento. 

Hay que estar al pendiente, como noministas responsables del control del seguro social de nuestras empresas. 

Nos leemos en la próxima entrega. 

Un cordial saludo, 

Lic. José Antonio Soto Magaña 

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