Lo básico del sistema de pensiones IMSS

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Al amparo de la Ley del Seguro Social vigente desde su promulgación el 01 de julio de 1997, algunas de sus principales modificaciones surgieron en el tratamiento de las pensiones.

Bajo la nueva perspectiva está establecido que a través de la creación de las cuentas individuales los trabajadores podrán conocer a detalle y en todo momento el monto que tienen acumulado para el retiro.

No hay que olvidar mis estimados lectores, que los trabajadores tienen derecho a recibir los beneficios del sistema de seguridad social por el simple hecho de que prestan un servicio personal subordinado a sus patrones y por esto, deben ser afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al amparo del artículo 15 fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS).

Características del sistema de pensiones actual:

  • Cada trabajador debe tener su cuenta individual para el retiro, en ella se acumularán las aportaciones patronales, voluntarias y las del gobierno federal durante su vida laboral formal.
  • Al llegar a la edad de retiro (60 años, cesantía o 65 para vejez), y contar con 1,250 semanas cotizadas, cuando menos el trabajador tendrá acceso a la pensión mínima garantizada (1 SMG mensual), si es que después de que el IMSS realice los cálculos resulta una pensión menor.
  • Tener la seguridad de que a la edad de retiro y con 750 semanas cotizadas, tendrá derecho al servicio médico.
  • El trabajador tendrá la plena libertad de poder ahorrar en su cuenta individual de la Afore para incrementar la posibilidad de contar con una mejor pensión.
  • Al reunir los ahorros de los trabajadores, las Siefores (Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro), podrán invertirlos en proyectos productivos nacionales que permitan generar ganancias que, con el paso del tiempo brinden a los trabajadores mayores rendimientos.

Modalidades de pensión bajo la ley vigente del seguro social.

Desafortunadamente, el panorama no es para nada positivo. La CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) ha establecido campañas orientadas a los jóvenes que se han incorporado al mercado laboral, a partir de la vigencia de la presente Ley del seguro social (01/07/1997) para que hagan esfuerzos tendientes a:

Un cordial saludo, 

Lic. José Antonio Soto Magaña

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