Trabajar con dos patrones

2 minutos de lectura

Contratamos a un trabajador con un buen nivel salarial y nos comenta que al mismo tiempo estará laborando para otro patrón, sin interferir en su horario de labores. Al preguntarle cuál es su salario base de cotización, nos damos cuenta de que, al sumarlo, rebasa 25 veces la UMA. En este caso, ¿hay alguna afectación?

El Reglamento de Afiliación (RACERF) del Seguro Social, establece lo siguiente:

RACERF. Artículo 49. Cuando un trabajador preste servicios a varios patrones y la suma de los salarios rebase el límite superior establecido en el artículo 28 de la Ley, a solicitud por escrito de cualquiera de éstos, el Instituto autorizará a que cubran la parte proporcional de cuotas que les corresponda, de acuerdo con la fórmula siguiente:

Se dividirá el tope de cotización entre la suma de los salarios reportados al Instituto por los patrones; el cociente se multiplicará por cada uno de los salarios reportados y el resultado será la base de cotización para cada uno de ellos.

La autorización que expida el Instituto por este motivo estará vigente hasta que se modifiquen el salario mínimo general del Distrito Federal o las condiciones de aseguramiento del trabajador.

Vamos a hacer un ejemplo práctico, suponiendo los siguientes datos:

Valor de la UMA = $89.62 (del 01 de febrero 2021 al 31 de enero 2022).

Tope de 25 UMAS = $89.62 x 25 = $2,240.50

SBC del patrón 1 = $1,850.00

SBC del patrón 2 = $1,650.00

Suma ambos SBC = $1,850 + 1,650 = $3,500.00

Factor = Tope UMA / Suma SBCs = 2,240.50 / 3,500 = 0.6401

SBC para el patrón 1 = factor x SBC = 0.6401 x 1,850 = $1,184.26

SBC para el patrón 2 = 0.6401 x 1,650 = $1,056.16

Si sumamos los dos salarios a cotizar por cada patrón, tenemos que el SBC total de ese trabajador = $1,184.26 + 1,056.16 = $2,240.42; que es el tope de 25 UMAS, con el que ese trabajador debería cotizar al seguro social, por lo que hemos logrado el objetivo.

Cada ocasión que se incremente la UMA, el IMSS hará el ajuste.

Los patrones pueden acercarse al IMSS y solicitar la autorización para la repartición de las cuotas. La ficha del trámite lo puedes consultar aquí > http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02038b.

Otros artículos del blog

Categorías