Cuotas obrero-patronales ¿Qué son y cómo se deben calcular?

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Las cuotas obrero-patronales son parte importante de la relación laboral. Corresponden a la suma del copago entregado por el gobierno y aportaciones realizadas cada mes al Instituto Mexicano Del Seguro Social (IMSS) por patrones y empleados. El objetivo es garantizar la seguridad social y atención médica de los trabajadores, así como constituir un capital para su retiro, cesantía y vejez.

El pago de cuotas obrero-patronales se efectúa entre trabajador y empleador (en porcentajes diferentes), pero es responsabilidad de este último determinar las cuotas a su cargo e informar del importe al IMSS, según la fracción III del artículo 15 de la Ley de Seguridad Social. Por esta razón es muy importante que sepamos cuáles son y cómo se calculan: 

1. Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM)

Brinda a los trabajadores afiliados al IMSS y a sus familiares, prestaciones médicas y dinero en caso de enfermedad general o incapacidad por maternidad

Para prestaciones en especie, la cuota fija es del 20.4% de la UMA y corresponde plenamente al patrón, aunque el gobierno hace un aporte adicional del 13.9% del salario mínimo. 

En los casos en los que el Salario Base de Cotización (SBC) es superior a 3 salarios mínimos del CDMX el patrón asume un pago del 6% de la diferencia frente a la UMA, y el empleado otro 2% frente al mismo concepto. 

Y para prestaciones en dinero, tomamos el salario básico, y sobre ese importe, el trabajador paga 0.250% del SBC y al patrón el 0.700% del SBC.

2. Seguro de riesgo de trabajo

Otorga a los empleados prestaciones médicas y subsidios en caso de accidentes o enfermedades sufridas en el trabajo. Para determinar la cuota a pagar, que es asumida en su totalidad por el empleador, la Ley de Seguro Social establece 5 primas de riesgo, cada una con un porcentaje diferente: 

Prima media Porcentaje
Clase I 0.54355
Clase II 1.13065
Clase III 2.59840
Clase IV 4.65325
Clase V 7.58875

3. Seguro de invalidez y vida

Otorga una remuneración superior al 50% del salario habitual percibido durante el último año de trabajo, al empleado o sus beneficiarios en caso muerte o invalidez a causa de accidente o enfermedad ocurrida fuera del entorno laboral. 

El seguro es cubierto con un aporte del 0.625% del SBC realizado por el trabajador, y un 1.75% del SBC de parte del patrón. 

4. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Garantiza un ingreso económico a personas de 60 años o más que se dan de baja en el régimen obligatorio. El pago de cuotas obrero-patronales por este concepto, se divide entre un 5.15% del SBC a cargo del patrón, y 1.125% del SBC asumido por el trabajador.

5. Seguro de guarderías y prestaciones sociales

Este seguro cubre los cuidados necesarios para los hijos de los empleados mientras el padre o la madre trabaja. El pago de estas cuotas obrero-patronales es asumido en su totalidad por el empleador, a razón del 1% del SBC.

¿Cómo se hace el cálculo de cuotas obrero-patronales?

Lo primero que debemos hacer es determinar el salario base de cotización de cada trabajador. De acuerdo con el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, este se conforma por los pagos hechos en efectivo, como gratificaciones, comisiones, entre otros.

El siguiente paso en el cálculo de cuotas obrero-patronales, es aplicar al SBC los porcentajes señalados para cada uno de los seguros, realizando la respectiva deducción en la nómina del trabajador. 

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