IMSS y la Prima de RT: Puntos claves para resolver diferencias en el cálculo

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Cada mes, recibimos por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un documento denominado «emisión», que contiene la información de nuestros trabajadores. Esta información es aquella que nosotros mismos proporcionamos al instituto cuando contratamos a un empleado, cuando realizamos cambios en su salario, o cuando lo damos de baja debido a la terminación de su contrato de trabajo. 

El fundamento de esa emisión la encontramos en la Ley del Seguro Social

LSS. Artículo 39 A. Sin perjuicio de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo anterior, el Instituto, en apoyo a los patrones, podrá entregar una propuesta de cédula de determinación, elaborada con los datos con que cuente de los movimientos afiliatorios comunicados al Instituto por los propios patrones y, en su caso, por sus trabajadores en los términos de la presente Ley. 

La propuesta a que se refiere el párrafo anterior podrá ser entregada por el Instituto en documento impreso, o bien, previa solicitud por escrito del patrón o su representante legal, en medios magnéticos, digitales, electrónicos o de cualquier otra naturaleza. 

¿Para qué utilizamos esta emisión? 

La empleamos para comparar la información registrada en nuestra nómina con los avisos que hemos proporcionado al Seguro Social durante el mes, verificando datos como fechas, nombres, números de seguro social (NSS) y salarios base de cotización (SBC) de cada uno de nuestros empleados. 

¿Por qué no comparamos los importes?  

  1. Porque es posible que el IMSS no disponga de la misma información que nosotros en relación a las fechas y los salarios.  
  1. Porque el IMSS no incluye las incapacidades y las ausencias en su cálculo.  
  1. Porque tanto el IMSS como los usuarios pueden cometer errores en la información general, por ejemplo, en las fechas o los salarios. 

Es importante resaltar que la Prima de Riesgos de Trabajo (RT) debió haberse modificado en marzo de este año si, después de revisar los casos de accidentes o enfermedades laborales del ejercicio anterior, se hubiera producido algún cambio. 

En febrero de este año, era necesario presentar la declaración de Prima de Riesgos de Trabajo según el Artículo 74 de la Ley del Seguro Social (LSS). Aunque los cálculos arrojaran la misma prima, no había una obligación de presentar esta declaración, pero siempre se recomienda hacerlo. 

En resumen, la emisión mensual es puramente informativa y no conlleva ninguna obligación. Su utilidad radica en comparar la información proporcionada por el IMSS con los datos de nuestra nómina. Si la emisión muestra una Prima de Riesgos de Trabajo diferente a la que calculamos (o no calculamos) en febrero de este año, no debe causar preocupación inmediata.  

¿Debemos cambiar la prima de Riesgos de Trabajo y pagar lo que indica la emisión mensual del IMSS? 

NO, a menos que tengas total certeza de que tus cálculos son correctos y hayas presentado tu declaración a tiempo. 

SÍ, si te das cuenta de que tus cálculos no eran correctos, entonces es conveniente realizar el pago correspondiente. 

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